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19 de mayo

ATLAUTLA, EDO. MÉX.- El Organo Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), determinó aplicar una responsabilidad administrativa resarcitoria por 3,545,500.98 pesos en contra de María del Carmen Carreño, Verónica Castro Caballar y Marcelo Barragán González.

Dicha determinación quedó aceptada en el expediente OSFEM/UAJ/PAR-AF/291/15.Los cuatro citados se desempeñaron como presidenta municipal, tesorera y síndico en la administración 2009-2012 encabezó la primera.

La responsabilidad administrativa resarcitoria se aplicó por presuntos manejos irregulares de los recursos públicos, que arrojó una auditoría realizada por el OSFEM en el último año de la gestión de Carreño García.

La auditoría también arrojó diversos faltantes de los recursos materiales.

Pese a lo anterior, Marìa del Carmen Carreño participò como candidata a la alcaldía de este municipio en las elecciones de junio de 2021, quedando en segundo lugar.

De acuerdo a fuentes consultadas por este medio de comunicación regional, la sanción resarcitoria, también incluyò al que fue director de obra pública en esa administraciòn municipal de extracción priista, Guillermo Medina Martìnez.

La responsabilidad resarcitoria obliga a los cuatro

exfuncionarios a reintegrar la cantidad antes citada al OSFEM.

Es importante precisar que por separado, tanto la exacaldesa, como su tesorera, el entonces sindico y el director de obra interpusieron un recurso de revisión, que quedó radicado bajo el nùmero RR-PAR/77/2016, mismos que fueron resueltos el dos de agosto de 2018.

En respuesta, el OSFEM determinò dar validez de la resolución emitida y asentada en el expediente OSFEM/UAJ/PAR-AF/ 291/15, declarando la existencia de la responsabilidad Resarcitoria para los cuatro antes citados. De acuerdo a la fuente consultada del Òrgano Superior de Fiscalizaciòn, la expresidenta Carreño Garcìa inicio un juicio de amparo en contra de la responsabilidad resarcitoria en su contra, registrada en el expediente con número 1290//2018-VI, que correspondió conocer al Jugado Noveno de Distrito en el Estado de Mèxico.

Esta instancia judicial, con fecha del 28 de febrero de 2019, determinò que la justicia de la Uniòn no ampara ni protege a la quejosa Por su parte, Marcelo Barragàn Gonzàlez, quien se desempeñaba como sindico en el trienio 2009-2012 ya no interpuso ninguna impugnación e igualmente contendíò por la alcaldía de Atlautla.

Sin embargo, una semana después de las elecciones del siete de junio anterior, la licenciada Carreño Garcìa impugnò el resultado y la sala regional con sede en Toluca, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaciòn -TEPJF- anulò dicho proceso electoral, por violencia en razón de gènero, en contra de Maria del Carmen Carreño Garcìa.

Finalmente, la noche del jueves 29 de diciembre, en su resolución final emitida, ratificò la invalidez de las elecciones, por lo cual se habrán de realizar otras de carácter extraordinario en fecha aùn por definir.

La información de la responsabilidad resarcitoria en perjuicio de los cuatro señalados al inicio, fue oportunamente publicada en Amecameca a fines de febrero de 2016.